REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL TRÁMITE DE NEGOCIACIÓN DE EMERGENCIA DE UN ACUERDO DE REORGANIZACIÓN
REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL TRÁMITE DE NEGOCIACIÓN DE EMERGENCIA DE
UN ACUERDO DE REORGANIZACIÓN
LIMPIA Y LIMPIA S.A.S. EN
REORGANIZACIÓN
BOGOTÁ D.C.
El presente
reglamento de funcionamiento del trámite de negociación de emergencia del acuerdo
de reorganización (el “Reglamento”), se expide con el fin de regular la
forma como los acreedores de LIMPIA Y LIMPIA S.A.S. EN REORGANIZACIÓN (la “Sociedad”) podrán ejercer sus derechos
dentro del trámite de negociación de emergencia de un acuerdo de reorganización
al que fue admitida la sociedad mediante Auto 2020-01-628217 del 09 de diciembre de 2020 emitido por la Superintendencia de Sociedades
(la “Superintendencia”).
PRESENTACIÓN
DEL AVISO DE INTENCIÓN DE INICIO DEL TRÁMITE DE NEGOCIACIÓN DE EMERGENCIA DE UN
ACUERDO DE REORGANIZACIÓN. De conformidad
con lo establecido en el artículo 8 del Decreto Ley 560 de 2020 (el “Decreto
560”), el 04 de noviembre de 2020 la sociedad radicó ante la
Superintendencia el aviso de intención del trámite de negociación de emergencia
del acuerdo de reorganización.
INICIO
DEL TRÁMITE DE NEGOCIACIÓN DE EMERGENCIA DE UN ACUERDO DE REORGANIZACIÓN. Mediante Auto 2020-01-628217 del 09 de diciembre de 2020, la Superintendencia admitió a la Sociedad al
trámite de negociación de emergencia de un acuerdo de reorganización.
DURACIÓN
DEL TRÁMITE DE NEGOCIACIÓN DE EMERGENCIA. De conformidad con lo establecido en el Decreto 560, el trámite de
negociación de emergencia tendrá una duración de tres meses contados a partir
de la admisión de la Sociedad al trámite de negociación de emergencia, es
decir, hasta el 10 de marzo de 2021.
CONSULTAS
PÁGINA WEB. En la página https://limpiaylimpiaenprocesoreorganizacion.blogspot.com,
los acreedores de la
Sociedad podrán consultar la información relacionada con el trámite de
negociación de emergencia, dentro de la que se encuentra:
a)
Aviso
de admisión al trámite de negociación de emergencia del acuerdo de
reorganización.
b)
Proyecto
de calificación y graduación de créditos.
c)
Proyecto
de determinación de derechos de votos.
d)
Propuesta
del acuerdo de reorganización.
e)
Formato
para votación y presentación de objeciones.
f)
Los
escritos que presente la Sociedad ante la Superintendencia.
El
trámite de negociación de emergencia del acuerdo de reorganización se regirá de
conformidad con el siguiente cronograma:
1.
PRESENTACIÓN
DE INCONFORMIDADES U OBSERVACIONES AL PROYECTO DE CALIFICACIÓN Y GRADUACIÓN DE
CRÉDITOS Y AL PROYECTO DE DETERMINACIÓN DE DERECHOS DE VOTO. De conformidad con lo establecido en el
artículo 8 del Decreto 560, los acreedores de la Sociedad que no se encuentren
conformes o que deseen presentar sus observaciones al proyecto de calificación
y graduación de créditos y al proyecto de determinación de votos actualizado al
09 de diciembre de 2020, podrán hacerlo a partir de la fecha, mediante escrito
dirigido al Representante Legal al correo electrónico administracion@limpiaylimpia.com,
acompañado de la prueba documental que lo sustente.
2.
PLAZO PARA PRESENTACIÓN DE INCONFORMIDADES U
OBSERVACIONES AL PROYECTO DE CALIFICACIÓN Y GRADUACIÓN DE CRÉDITOS, EL PROYECTO
DE DETERMINACIÓN DE DERECHOS DE VOTOS Y EL INVENTARIO DE ACTIVOS Y PASIVOS.
Los acreedores de la Sociedad tendrán plazo hasta el 18 de enero de 2021 a las
11:59 p.m. hora Colombia, para la presentación de sus inconformidades u
observaciones al proyecto de calificación y graduación de créditos y al
proyecto de determinación de derechos de voto.
3.
TRASLADO
DE INCONFORMIDADES U OBSERVACIONES. El día 19 de enero de 2021, la Sociedad publicará en su página web las
inconformidades presentadas contra el Proyecto de Calificación y Graduación de
Créditos, el Proyecto de Determinación de Votos y el Inventario de Activos y
Pasivos, para que si lo consideran conveniente los acreedores se pronuncien
dentro de los cinco días hábiles siguientes.
4.
CONCILIACIÓN. Las inconformidades u observaciones serán
conciliadas entre quienes las presentaron y la Sociedad, durante el periodo
comprendido entre el 27 de enero de 2021 y el 20 de febrero de 2021, de lo cual
se dejará constancia mediante la respectiva acta, la cual se publicará en la
página web https://limpiaylimpiaenprocesoreorganizacion.blogspot.com.
5.
PRESENTACIÓN
DE INCONFORMIDADES U OBSERVACIONES A LA PROPUESTA DE ACUERDO DE REORGANIZACIÓN.
Los acreedores de la Sociedad
podrán manifestar sus observaciones a la propuesta del acuerdo de
reorganización publicado en la página web https://limpiaylimpiaenprocesoreorganizacion.blogspot.com,
mediante escrito dirigido
al correo electrónico administracion@limpiaylimpia.com.
6.
PLAZO
PARA PRESENTACIÓN DE INCONFORMIDADES U OBSERVACIONES A LA PROPUESTA DE ACUERDO
DE REORGANIZACIÓN. Los
acreedores de la Sociedad tendrán plazo hasta el 22 de febrero de 2020 a las
11:59 p.m. hora Colombia, para la presentación de sus inconformidades u observaciones
a la propuesta de acuerdo de reorganización. De los acuerdos parciales que se
vayan logrando sobre la propuesta al acuerdo de reorganización durante el
transcurso del trámite de negociación de emergencia, se informará oportunamente
a los acreedores de la Sociedad y demás interesados mediante la publicación del
respectivo documento actualizado en la página web https://limpiaylimpiaenprocesoreorganizacion.blogspot.com.
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