REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL TRÁMITE DE NEGOCIACIÓN DE EMERGENCIA DE UN ACUERDO DE REORGANIZACIÓN


REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL TRÁMITE DE NEGOCIACIÓN DE EMERGENCIA DE UN ACUERDO DE REORGANIZACIÓN

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

LIMPIA Y LIMPIA S.A.S. EN REORGANIZACIÓN

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

BOGOTÁ D.C.

 

El presente reglamento de funcionamiento del trámite de negociación de emergencia del acuerdo de reorganización (el “Reglamento”), se expide con el fin de regular la forma como los acreedores de LIMPIA Y LIMPIA S.A.S. EN REORGANIZACIÓN (la “Sociedad”) podrán ejercer sus derechos dentro del trámite de negociación de emergencia de un acuerdo de reorganización al que fue admitida la sociedad mediante Auto 2020-01-628217 del 09 de diciembre de 2020 emitido por la Superintendencia de Sociedades (la “Superintendencia”).

 

PRESENTACIÓN DEL AVISO DE INTENCIÓN DE INICIO DEL TRÁMITE DE NEGOCIACIÓN DE EMERGENCIA DE UN ACUERDO DE REORGANIZACIÓN. De conformidad con lo establecido en el artículo 8 del Decreto Ley 560 de 2020 (el “Decreto 560”), el 04 de noviembre de 2020 la sociedad radicó ante la Superintendencia el aviso de intención del trámite de negociación de emergencia del acuerdo de reorganización.

 

INICIO DEL TRÁMITE DE NEGOCIACIÓN DE EMERGENCIA DE UN ACUERDO DE REORGANIZACIÓN. Mediante Auto 2020-01-628217 del 09 de diciembre de 2020, la Superintendencia admitió a la Sociedad al trámite de negociación de emergencia de un acuerdo de reorganización.

 

DURACIÓN DEL TRÁMITE DE NEGOCIACIÓN DE EMERGENCIA. De conformidad con lo establecido en el Decreto 560, el trámite de negociación de emergencia tendrá una duración de tres meses contados a partir de la admisión de la Sociedad al trámite de negociación de emergencia, es decir, hasta el 10 de marzo de 2021.

 

CONSULTAS PÁGINA WEB. En la página https://limpiaylimpiaenprocesoreorganizacion.blogspot.com, los acreedores de la Sociedad podrán consultar la información relacionada con el trámite de negociación de emergencia, dentro de la que se encuentra:

a)      Aviso de admisión al trámite de negociación de emergencia del acuerdo de reorganización.

b)      Proyecto de calificación y graduación de créditos.

c)       Proyecto de determinación de derechos de votos.

d)      Propuesta del acuerdo de reorganización.

e)      Formato para votación y presentación de objeciones.

f)        Los escritos que presente la Sociedad ante la Superintendencia.

 

El trámite de negociación de emergencia del acuerdo de reorganización se regirá de conformidad con el siguiente cronograma:

 

1.       PRESENTACIÓN DE INCONFORMIDADES U OBSERVACIONES AL PROYECTO DE CALIFICACIÓN Y GRADUACIÓN DE CRÉDITOS Y AL PROYECTO DE DETERMINACIÓN DE DERECHOS DE VOTO. De conformidad con lo establecido en el artículo 8 del Decreto 560, los acreedores de la Sociedad que no se encuentren conformes o que deseen presentar sus observaciones al proyecto de calificación y graduación de créditos y al proyecto de determinación de votos actualizado al 09 de diciembre de 2020, podrán hacerlo a partir de la fecha, mediante escrito dirigido al Representante Legal al correo electrónico administracion@limpiaylimpia.com, acompañado de la prueba documental que lo sustente.

 

2.       PLAZO PARA PRESENTACIÓN DE INCONFORMIDADES U OBSERVACIONES AL PROYECTO DE CALIFICACIÓN Y GRADUACIÓN DE CRÉDITOS, EL PROYECTO DE DETERMINACIÓN DE DERECHOS DE VOTOS Y EL INVENTARIO DE ACTIVOS Y PASIVOS. Los acreedores de la Sociedad tendrán plazo hasta el 18 de enero de 2021 a las 11:59 p.m. hora Colombia, para la presentación de sus inconformidades u observaciones al proyecto de calificación y graduación de créditos y al proyecto de determinación de derechos de voto. 

 

3.       TRASLADO DE INCONFORMIDADES U OBSERVACIONES. El día 19 de enero de 2021, la Sociedad publicará en su página web las inconformidades presentadas contra el Proyecto de Calificación y Graduación de Créditos, el Proyecto de Determinación de Votos y el Inventario de Activos y Pasivos, para que si lo consideran conveniente los acreedores se pronuncien dentro de los cinco días hábiles siguientes.

 

4.       CONCILIACIÓN. Las inconformidades u observaciones serán conciliadas entre quienes las presentaron y la Sociedad, durante el periodo comprendido entre el 27 de enero de 2021 y el 20 de febrero de 2021, de lo cual se dejará constancia mediante la respectiva acta, la cual se publicará en la página web https://limpiaylimpiaenprocesoreorganizacion.blogspot.com.

 

5.       PRESENTACIÓN DE INCONFORMIDADES U OBSERVACIONES A LA PROPUESTA DE ACUERDO DE REORGANIZACIÓN. Los acreedores de la Sociedad podrán manifestar sus observaciones a la propuesta del acuerdo de reorganización publicado en la página web https://limpiaylimpiaenprocesoreorganizacion.blogspot.com, mediante escrito dirigido al correo electrónico administracion@limpiaylimpia.com.

 

6.       PLAZO PARA PRESENTACIÓN DE INCONFORMIDADES U OBSERVACIONES A LA PROPUESTA DE ACUERDO DE REORGANIZACIÓN. Los acreedores de la Sociedad tendrán plazo hasta el 22 de febrero de 2020 a las 11:59 p.m. hora Colombia, para la presentación de sus inconformidades u observaciones a la propuesta de acuerdo de reorganización. De los acuerdos parciales que se vayan logrando sobre la propuesta al acuerdo de reorganización durante el transcurso del trámite de negociación de emergencia, se informará oportunamente a los acreedores de la Sociedad y demás interesados mediante la publicación del respectivo documento actualizado en la página web https://limpiaylimpiaenprocesoreorganizacion.blogspot.com.

 


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